Como parte del procedimiento, adicionalmente se requiere completar el Formulario para la Solicitud de Proyectos, indicado en la Circular R-02-2022.
Es importante señalar que, todo proyecto que fue solicitado previo a la Resolución R-102-2021 (del 05 de mayo del 2021) y que a la fecha no ha sido atendido, debe seguir el proceso descrito anteriormente.
Una vez ingresada la solicitud, la CIPF será la encargada de valorar y direccionar la misma, a la Oficina Ejecutora del Programa de Inversiones (OEPI) o a la Oficina de Servicios Generales (OSG), según corresponda. La fecha límite para ingresar las solicitudes es el 28 de febrero, 2022.
Se adjunta el Procedimiento para la Designación de la Oficina Responsable de atender solicitudes de infraestructura.